IMPUESTO PREDIAL

 

¿Qué es el impuesto predial?

El impuesto predial es una unidad de tributo anual que grava el valor de un terreno, sea este rural o urbano. Se debe cancelar en el municipio distrital donde está ubicado el predio de la propiedad.

¿Cómo se calcula el impuesto predial?

El impuesto predial es recaudado por la municipalidad distrital a la que corresponda, según la ubicación del terreno. Para calcularla hay que basarse en la declaración jurada del autoavalúo que el contribuyente presentó en la misma municipalidad cuando registró la vivienda o propiedad.
En esta declaración se encontrarán especificadas las características del predio, entre ellas:
• Área de terreno;
• Acabados;
• Antigüedad de la vivienda o propiedad;
• Instalaciones (eléctricas y sanitarias).

 

ARBITRIOS MUNICIPALES

 

Los Arbitrios Municipales son recursos propios de las municipalidades, así lo establece la Constitución Política del Perú en su artículo 192, que ha otorgado facultades a los gobiernos locales para crear, modificar o suprimir arbitrios conforma a ley. Los Arbitrios Municipales son Tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines, y serenazgo. El costo de las tasas dependerá del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución.

¿Quiénes deben pagar los arbitrios?

Tienen la condición de contribuyentes de los arbitrios, los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos o se encuentren desocupados, así como cuando un tercero habite y/o conduzca el predio bajo alquiler. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirirá la calidad de responsable por el pago del tributo el poseedor del predio a cualquier título. Asimismo, se considera como contribuyente a los ocupantes de la vía pública que ejerzan en forma transitoria o fija el comercio informal cuyo cobro de la tasa determinada es en forma diaria.


¿Cuándo nace la obligación tributaria?

La condición de contribuyente se configura al primer día de cada mes al que corresponda la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio, la obligación tributaria para el nuevo propietario nacerá el primer día del mes siguiente de producida la transferencia, el vendedor debe comunicar la venta del bien, para lo cual deberá presentar una declaración de descargo hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos.


¿Cómo se calculan los arbitrios?

La determinación de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciudadana en el distrito de Irazola, se efectuará en concordancia con los parámetros mínimos de validez establecidas por el Tribunal Constitucional, en las sentencias recaídas en los expedientes Nº 0041- 2004/AI-TC y 0053-2004/PI-TC, para una correcta distribución del costo entre los contribuyentes.